Negociaciones para alcanzar acuerdos que pueden solucionar la deuda o crédito pendiente, son recomendadas en estados de insolvencia cuando se solicita derechos concursales.
Derechos y ventajas del acreedor
Judicialmente es posible comunicar, intervenir y asistir al deudor frente a las deudas adquiridas, interponiendo la correspondiente demanda para beneficiarse con la Ley de Segunda Oportunidad. Recuperar la posibilidad de emprender una nueva actividad como autónomo, particular o empresa es el objetivo de la actual normativa.
Las ventajas que ostentan los acreedores pueden perjudicar al deudor, porque existen privilegios generales que alcanzan hasta el 25% del crédito o préstamo, además de los gastos procesales.
La solicitud de acciones legales como los derechos concursales se recomienda para evitar al deudor, alguna de las siguientes desventajas:
- Créditos contra la masa.
- Suspensión de las facultades de administración empresarial.
- Presunción de culpabilidad en la resolución final del concurso.
- Aplicación de medidas cautelares contra el patrimonio o bienes.
- Ejecuciones hipotecarias o dinerarias.
Estas alternativas requieren la actuación del abogado en los juzgados, para evitar la liquidación de la empresa. Profesionales con experiencia que recomiendan las mejores opciones para alcanzar acuerdos satisfactorios, con cualquiera de las acciones concursales como recursos o reconocimientos de créditos, por ejemplo.
Los privilegios que puede tener el deudor quedan subordinados a la comunicación en tiempo y forma de la adhesión al acuerdo con los acreedores.
¿Cómo debe comunicarse el concurso?
La comunicación presentada ante los tribunales deberá contener los principales requisitos como datos personales, créditos, cuantías, fechas de vencimiento, clasificación jurídica y garantías personales o reales.
El error producido en este tipo de información puede impugnar los derechos concursales de acreedores, evitando que el mismo prospere.
La condición de acreedor se reconoce al comunicar el crédito, así como la situación de insolvencia del deudor que requiere la actuación del mediador concursal. La presentación del documento se efectúa en el plazo de dos meses, desde la aceptación de las partes.
Reconocimiento que sirve para evitar la liquidación patrimonial, comenzando de nuevo en la vida laboral sin deudas. Los abogados o procuradores que intervienen en estos procedimientos, deberán contar con la experiencia necesaria para analizar los planes de pago y la lista de acreedores con sus derechos.
Carecen de derechos concursales con los acreedores, quienes no presenten la documentación exigida para acreditarse como demandantes de deuda. Las clasificaciones no solicitadas en el plazo legal se pueden impugnar, siguiendo siempre las acciones pertinentes por los abogados.
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